La Ley de Cine 814 de 2.003
Busca fomentar y estimular la producción de películas colombianas, por cuanto el cine además de ser una actividad cultural, es un negocio rentable y productivo para quienes inviertan en él, recibiendo los siguientes beneficios:
1. Descuentos Tributarios:
En términos reales, de cada $100 que se done ó invierta en el proyecto, se obtendrá un descuento tributario del 48% sobre el valor donado ó invertido.
Además en la categoría de inversionista se definirá un porcentaje de participación en las utilidades de la película.
Se entregará el certificado de donación ó inversión cinematográfica avalado por el Ministerio de Cultura de la República de Colombia.
PATROCINADOR EMPRESARIAL
Consolidación de la Imagen Corporativa de la empresa:
De acuerdo al tipo de negociación, la empresa podrá incluir la ubicación de productos, servicios y nombres en la película, a través de la publicidad colateral, teniendo un acceso directo y muy persuasivo al espectador, asegurando una circulación en otras ventanas (cine, satélite, cable, DVD, internet) por largos períodos de tiempo.